Los puntos a
tener en cuenta para hacerlo en la Republica Argentina.
Por
Carlos F. Reisz
Para contratar a
una empresa de vigilancia e investigaciones privadas en la Republica
Argentina, deben tenerse en cuenta al menos los siguientes diecisiete
puntos:
1. Habilitación para la actividad, otorgada por la Secretaria de
Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o por la Dirección
de Fiscalización de Agencias de Seguridad e Investigaciones Privadas de
la Provincia de Buenos Aires, o por las Policías de cada una de las
Provincias del territorio Argentino en cuya jurisdicción este
comprendido el domicilio de quien contrata el servicio.
NOTA: Muchas empresas de Seguridad Privada, cuentan con una habilitación
otorgada por la Policía Federal, la Policía de la Provincia de Buenos
Aires u organismos Policiales de las Provincias en general; debe
exigirse una certificación actualizada de habilitación o rehabilitación
cuya constancia no sea mayor de 30 días al momento de entregarse la
documentación.
2. Constatar la fecha de alta de la empresa en la actividad que se esta
contratando, exigiendo que adjunte el formulario de la DGI donde conste
la fecha de inscripción de la misma; asimismo exigir fotocopia del
formulario de inscripción en Ingresos Brutos y verificar la fecha
inserta de alta; solicitar se adjunte a la documentación el formulario
de inscripción actualizado en la DGI, donde consten los rubros sobre los
que realiza aportes, como ser: IVA, categoría ante ANSES, impuesto al
capital o patrimonio neto, Ganancias, empleador, etc.
3. Constatar habilitación municipal, pago de tasas y contribuciones de
ABL y territorial del año en curso, salvo que se hayan mudado
recientemente en cuyo caso exigir los del ultimo domicilio anterior y
constancia de pagos de Aguas Argentinas o el ente que lo sustituya de
los últimos 6 meses o tres bimestres.
4. Constancia de libre deuda de Obra Social, Sindicato, aporte solidario
(convenio colectivo de trabajo 442/2006), ultimas tres declaraciones
juradas de pago de IVA y constancias de pago de IVA, nomina de ART;
Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias y constancia de pago
(último año).
5. Exigir fotocopia autenticada de Pólizas de Seguro Colectivo de
Accidente de trabajo, Seguro de vida colectivo, Seguro de
Responsabilidad Civil Incidental de todo riesgo, con pólizas
actualizadas y vigentes al menos durante el primer 50% del periodo de
tiempo de vigencia del contrato, con obligación de presentar su
renovación 10 días antes del vencimiento y copia de las constancias de
pago de dichos seguros.
6. Constancia de autorización de “usuario colectivo” del Registro
Nacional de Armas RENAR, tanto si el personal tuviese que cumplir
servicio con armas o sin ellas. NOTA: Esta terminantemente prohibido el
Servicio de Vigilancia con armas en lugares de circulación de publico o
de dominio publico y por lo tanto si fuese el caso, el proveedor deberá
firmar un compromiso de que el personal que realizara la tarea
contratada, no portara armas y en caso de hacerlo, además de ser
sancionado, importara la cancelación instantánea del contrato con mas
una multa que el proveedor deberá abonar al usuario o contratista cuyo
monto sea equivalente o superior a dos meses de facturación de la
empresa contratada. En el caso de que el personal de vigilancia debiere
estar armado, deberá poseer el correspondiente CLU y portación, expedida
por el RENAR y se deberá contar (agregando copia legalizada) con
autorización de la Autoridad de Aplicación y/o Contralor, para efectuar
el servicio con armas.
7. La empresa deberá contar con un servicio contratado de emergencias
medicas que incluya medicina laboral y gabinete psicológico.
8. En caso de que el personal de servicio de vigilancia deba hacer su
trabajo contando con equipos de radio transceptores de mano o puesto
fijo Radioeléctrico o móviles equipados con radio, deberá contar con la
autorización de la CNT para el uso de las frecuencias y tener los
certificados de constancia de pago de aranceles al día.
9. Deberá acreditar dentro de los 30 días de contratada el alta oficial
de los vigiladores, de acuerdo a lo dispuesto en las leyes, decretos,
circulares, etc. emitidos para contralor por parte del ente regulador
(Ley 1002/99 o 1913/2005 o 12297/99, 1133/2001, o las leyes provinciales
de Seguridad Privada.
10. Deberá presentar los certificados de capacitación del personal de
acuerdo a lo establecido en los decretos que regulan la actividad de
prestación de Servicio de Vigilancia Privada (1002/99, 1913/05,
1133/2001, 12297/99 y/o las provinciales).
11. Deberá presentar último resumen de sus cuentas corrientes bancarias,
manifestación patrimonial y de bienes certificada por contador y colegio
correspondiente.
12. Si el personal afectado al servicio debiera conducir vehículos de
transporte de personas y/o carga de cualquier porte y naturaleza, se
adjuntaran las licencias de conductor, los seguros de los automotores y
copia del titulo de propiedad de los mismos.
13. Deberá exigirse declaración jurada de que todo el personal de
Vigilancia y Seguridad tendrá el equipamiento necesario para el buen
desempeño de su tarea, con especial énfasis en el uniforme, credenciales
y emblemas y que la trasgresión a esto implicara el despido inmediato
del vigilador o supervisor, con cargo a la empresa de seguridad
contratada y sin ningún perjuicio económico o resarcimiento por no
permitir el ingreso del personal al predio vigilado, por cualquier
motivo.
14. Deberá manifestar idoneidad para el desempeño de las tareas a
contratar, que será avalado mediante los antecedentes personales de los
directores técnicos y operativos de la empresa de Vigilancia.
15. Se exigirá constancia de afiliación a alguna Cámara o Asociación de
Seguridad, donde pueda recabarse información de ellos.(CAESI, CELSI,
CEMARA, CAESBA, AASPRI, etc.)
16. El modelo de contrato entre la empresa contratante y la empresa de
seguridad, debe ser redactado por la empresa contratante, pudiendo las
empresas de seguridad adjuntar el modelo propio para su estudio.
17. Se solicitaran al menos dos presupuestos, que deberán estar
integrados por los siguientes ítems:
• Informe del
estudio de seguridad realizado al lugar;
• Propuesta de
soluciones a los problemas encontrados;
• Proyecto de
Plan de contingencias, Plan de trabajo, Plan de evacuación y emergencias
para ese objetivo;
• Propuesta
económica (costo por hora-hombre, cantidad de vigiladores, cantidad de
hora-hombre, costo de adicionales, etc., de manera detallada) y una
factura proforma del primer mes de servicio para su estudio;
• Descripción de
los elementos que serán provistos por la empresa de vigilancia, en
comodato o en leasing o como parte integrante de amortización por
incremento de la hora-hombre y en este caso duración del aumento de la
hora-hombre hasta la amortización de los elementos provistos y que
quedaran de propiedad del usuario y en caso de que la vigencia del
contrato sea menor que el plazo de amortización, cual seria el valor
residual a pagar, como así también cual seria el valor de recupero para
el contratante, si decidiese no quedarse con los elementos.
Para llevar a cabo la contratación, se deberá
formar una comisión ad-hoc del Consejo de Administración, asesorada por
un Auditor/Consultor externo de Seguridad cuando sea posible.
Esta comisión evaluará
las ofertas, constatará los antecedentes
presentados y presentará un informe a los responsables de la
contratación, actuando como comité de preadjudicación.
El autor de esta respuesta, Prof.
Carlos F. Reisz (
analista@movi.com.ar ) es experto en
Seguridad. Vea algunos de sus antecedentes en
http://www.forodeseguridad.com/expertos/reisz.htm
Gracias, Carlos!